La apelación presentada por el Movilh, para que se instituyera el derecho de Martina, una niña de un año y medio, que sus dos madres Mayra Opazo y Constanza Monsalves, fueran reconocidas legalmente por igual, fue rechazada por la Tercera Sala de la Corte Suprema.
No se permitieron los alegatos solicitados por la abogada Carolina Etcheberry y los ministros Sergio Muñoz, Juan Fuentes, Carlos Aranguis, además de los abogados Ricardo Abuad Dagah y Julio Pallavicini, se limitaron a confirmar la sentencia dictada el 18 de Junio en la Quinta sala de Apelaciones de Valparaíso.
En dicha ocasión, el tribunal se negó a que el Registro Civil hubiese incurrido en falta al negar la inscripción de la niña con dos madres, aunque si las reconoció como familia. El fallo 2 contra 1 declara que la legislación actual le impide aceptar ese reconocimiento. El voto disidente dice que negar la doble maternidad vulnera el interés superior del niño.
Rolando Jimenez del Movilh declaró que la próxima instancia es recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que esta familia, la de Mayra, Constanza y la pequeña Martina puedan alcanzar la justicia negada en Chile y que a su vez el Estado chileno sea sancionado por esta discriminación y abuso, sólo por la orientación sexual de las madres.
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