Guía de Sugerencias al Personal de Salud para una atención adecuada a mujeres lesbianas, bisexuales y mujeres que tienen sexo con mujeres.
Este material fue realizado por profesionales de derechos sexuales y reproductivos expertos en Mujeres que tienen Sexo con Mujeres, convocado por la Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio, en el marco del proyecto Fondo Espejo del VIH de Fondo de Mujeres Alquimia y Mac AIDS Internacional.
Esbozaremos algunos de sus puntos más relevantes, a modo introductorio, en el caso de que desees conocer más, dejamos también el PDF descargable, con la información completa.
La adecuada atención en salud es un derecho humano, para todas las personas, sin distinción. Su vulneración, junto a una grave invisibilidad, conlleva a que miles de mujeres se encuentren sin orientación real frente a su salud.
Los derechos sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e igualdad inherentes a todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico. Dicho esto, para tener una sexualidad saludable, los siguientes derechos deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por las sociedades con todos sus miedos:
11 principios fundamentales de la “Declaración de Derechos Sexuales” (Was, 1997)
1.- Elderecho a la libertad sexual
2.- El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexual del cuerpo
3.- El derecho a la privacidad sexual
4.- El derecho a la equidad sexual.
5.- El derecho al placer sexual.
6.- El derecho a la expresión sexual emocional.
7.- El derecho a la libre asociación sexual.
8.- El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables.
9.- El derecho a información basada en el conocimiento científico.
10.- El derecho a la educación sexual integral.
11.- el derecho a la atención de salud sexual.
Si bien en Chile no existe una ley que garanticen estos derechos, existen otras leyes, como la ley de derechos y deberes que garantizan el respeto de las personas en la atención de salud.
La siguiente guía se basa en la ley 20.584 promulgada en el año 2012 que establece los derechos y deberes de las personas en relación a las acciones vinculadas a la atención de salud.
“Toda persona tiene derecho a ser informada, en forma oportuna y comprensible acerca de: estado de su salud, del posible diagnóstico de su enfermedad, de las alternativas de tratamiento disponibles y de los riesgos que ello pueda representar; así como del pronostico esperado, y del proceso previsible del postoperatorio cuando procediere, desacuerdo con su edad y condición personal y emocional. Si la condición de la persona, a juicio del médico, no le permitiera recibir tal información debe ser entregada ala representante legal o a la persona bajo cuyo cuidado se encuentre. En caso de atenciones de urgencia o emergencia el paciente recibirá la información cuando el medico determine que esta en condiciones de recibirla.”
Dicho esto, las personas lesbianas necesitan y merecen intervenciones de salud adaptadas y mejores resultados de salud. No se ha reconocido, ni se han hecho los intentos adecuados para financiar un adecuado tratamiento y especialización de temas relacionado a nuestra salud sexual. Por ejemplo vías de contagio, reales peligros, desmitificar muchos puntos sobre las ITS, etc,
A continuación dejamos el manual para personal de salud, léelo, es importante que sepas lo que debes y puedes exigir. Si no es así, informa a las entidades pertinentes.
Basta de invisibilizarnos!
Descarga el manual de salud aquí:
Guía de Sugerencias al personal de Salud para una atención adecuada a mujeres lesbianas, bisexuales y mujeres que tienen sexo con mujeres.
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