Como mencionamos el 20 de Oct. pasado, el 18 de ese mes el Senado aprobó unánime el permiso legal. Pues bien, ayer, en una publicación del Diario Oficial, se da por hecho la entrada en vigencia de una modificación del artículo 207 bis del Código del Trabajo que otorga a quienes se Unan Civilmente (AUC) un permiso laboral de 5 días. Por lo tanto, uno de los compromisos que el Estado hizo con el Movilh ante la comisión Interamericana de Derechos Humanos.
“En el caso de contraer matrimonio o celebrar un acuerdo Civil, de conformidad con lo previsto en la ley Nº20.830, todo trabajador tendrá derecho a cinco días hábiles continuos de permiso pagado, adicional al feriado legal, independiente del tiempo de servicio”, dice la norma que entró en vigencia.
Agrega que “Este permiso se podrá utilizar, a elección del trabajador, en el día del matrimonio o del AUC en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración. El trabajador deberá dar aviso a su empleador con treinta días de anticipación y presentar dentro de los treinta días siguientes a la celebración el respectivo certificado de matrimonio o AUC del Registro Civil e Identificación”.
Bueno, ya no hay excusas, si la amas y quieres proteger tu patrimonio y a ella, cada día son más las garantías y legalidad para todas, todas y todos. FELICES!
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